Conociendo a tu gobierno: El sistema nacional Anticorrupción (SNA)


 Por Sofía López Ortiz

 En esta sección analizaremos los mecanismos de denuncia a servidores públicos, así como diferentes leyes que los rigen, y, sobre todo, trataremos los mecanismos de acción y denuncia en épocas electorales.

Para iniciar, hoy hablaremos del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) que regula las responsabilidades y obligaciones de todo Servidor Público que están plasmadas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Para poner en marcha el Sistema Nacional Anticorrupción, fue necesario emitir, reformar y abrogar diversos ordenamientos jurídicos en el Congreso. Dichos ordenamientos fueron las siguientes:

  • Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. (Nueva) Link:
  • Ley General de Responsabilidades Administrativas. (Nueva) Link:
  • Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. (Nueva) Link:
  • Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. (Nueva) Link:
  • Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. (Reformada) Link
  • Código Penal Federal. (Reformado) Link:
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (Reformada) Link:

Más adelante revisaremos cada una de las leyes o reformas, no se asusten. Tampoco quiero saturarlos de información.

Para continuar, les presento una infografía publicada por el SNA en la página web www.gob.mx que explica de manera concreta su funcionamiento.

Ahora bien, el Comité Coordinador está conformado por:

  • El titular de la Auditoría Superior de la Federación;
  • El titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción;
  • El titular de la Secretaría de la Función Pública;
  • El Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
  • El Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
  • Un representante del Consejo de la Judicatura Federal, y
  • Un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo preside.

Organigrama del Comité Coordinador del SNA publicado en la página web del Sistema Nacional Anticorrupción

El Órgano de Gobierno es la instancia máxima de administración y dirección de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.Está integrado por los miembros del Comité Coordinador arriba mencionados y su presidente es el representante del Comité de Participación Ciudadana.

Sus atribuciones son:

  • Nombrar y remover al Secretario Técnico;
  • Establecer las políticas generales de la institución;
  • Aprobar las políticas en materia de adquisiciones y los estados financieros;
  • Aprobar la estructura básica de la organización;
  • Expedir el Estatuto Orgánico;
  • Aprobar los programas y presupuestos, y
  • Analizar y aprobar los informes periódicos que rinda el Secretario Técnico sobre las actividades de la entidad.

Fuente: Gobierno de México.

Las atribuciones del Comité Organizador son:

  • Establecer mecanismos de coordinación con los Sistemas Locales Anticorrupción;
  • Diseñar y promover políticas integrales en materia de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan;
  • Determinar los mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre estas materias generen las instituciones competentes de todos los órdenes de gobierno;
  • Establecer bases y principios para la efectiva coordinación de las autoridades de todos los órdenes de gobierno en materia de fiscalización y control de recursos públicos;
  • Elaborar un informe anual que contenga los avances y resultado del ejercicio de sus funciones y de la aplicación de políticas y programas en la materia;
  • Establecer la Plataforma Digital Nacional, y
  • Emitir recomendaciones no vinculantes a las autoridades respectivas dirigidas al fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como para mejorar el desempeño del control interno.

Fuente: Gobierno de México,

Las sesiones del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción son publicadas en la plataforma digital del SNA, aquí el link para que las revisen cuando tengan tiempo para ver y analizar los acuerdos en torno al funcionamiento y acciones del SNA.

Una manera de contacto con el SNA es a través de su portal web

Por último, les menciono que el Sistema Nacional Anticorrupción es un esfuerzo de coordinación que se da entré todas las instituciones, en resumen:

  • La Secretaría de la Función Pública tiene a su cargo el control interno de la Administración Pública Federal. Vigila los actos u omisiones de los servidores públicos federales, auditar el gasto de recursos federales y coordinar a los órganos internos de control de las dependencias federales, tiene la facultad de sancionar las faltas administrativas no graves.
  • La Auditoría Superior de la Federación es el órgano técnico que se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos, los estados, municipios y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales. Ahora fiscaliza las cuentas públicas en tiempo real y emite resultados cada cuatro meses, no sólo anualmente.
  • La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción tiene la función de investigar y perseguir los delitos relacionados con hechos de corrupción de competencia federal, así como cualquier otro delito cometido por un servidor público federal en el desempeño de su empleo, cargo o comisión.
  • El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales es el encargado de transparentar la información pública y garantizar el cumplimiento de los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales; promover el pleno ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales, así como la transparencia y apertura de las instituciones públicas; así como, coordinar el Sistema Nacional de Transparencia y Protección de Datos Personales, para que los órganos garantes establezcan, apliquen y evalúen acciones de acceso a la información pública, protección y debido tratamiento de datos personales.
  • El Tribunal Federal de Justicia Administrativa imparte justicia fiscal y administrativa en el orden federal con plena autonomía, honestidad, calidad y eficiencia, al servicio de la sociedad, que garantice el acceso total a la justicia, apegado a los principios de legalidad y seguridad jurídica.
  • El Consejo de la Judicatura Federal garantiza la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial, es decir, se encarga de vigilar y disciplinar a los magistrados y jueces del Poder Judicial, por lo que tiene la facultad de iniciarles procedimientos en su contra por algún acto u omisión que hayan cometido que tenga como resultado alguna falta administrativa.

Fuente: Sistema Nacional Anticorrupción

Es todo por hoy, y espero haberles sido de utilidad. Nos vemos en la próxima entrega.

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